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    <titulo>Madrid número 20. Demanda 1.111 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 123 
 Demanda 1.111 de 2009 
  Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.111 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joaquín Garde Fernández-Fontecha, contra la empresa “Clínica Universal, Sociedad Anónima”, don Emilio González Bilbao, don Javier Carro González y “Abelló Linde, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 3 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 566 de 2010
  En Madrid, a 3 de noviembre de 2010..Doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 1.111 de 2009, sobre ordinario, seguidos a instancias de don Joaquín Garde Fernández-Fontecha, contra la empresa “Clínica Universal, Sociedad Anónima”, en situación de concurso, y contra los administradores concursales don Emilio González Bilbao, don Javier Carro González y la entidad “Abelló Linde, Sociedad Anónima”, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por don Joaquín Garde Fernández-Fontecha, contra la empresa “Clínica Universal, Sociedad Anónima”, en situación de concurso, y contra los administradores concursales don Emilio González Bilbao, don Javier Carro González y la entidad “Abelló Linde, Sociedad Anónima”, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo declarar y declaro el derecho del actor a ostentar una antigüedad en la empresa “Clínica Universal, Sociedad Anónima”, desde el 3 de septiembre de 2002, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Clínica Universal, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 31 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/4.957/11)</texto>
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