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    <fecha_publicacion>2011/03/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Demanda 484 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>51</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 105 
 Demanda 484 de 2010 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 484 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Mediavilla Vega, contra la empresa “Insel Instalaciones y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y “Adel Mantenimiento, Sociedad Limitada”, sobre sanciones, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Desestimo la excepción de falta de legitimación pasiva planteada por la codemandada “Adel Mantenimiento, Sociedad Limitada”.
  Estimo la demanda del actor don Manuel Mediavilla Vega y revoco totalmente la sanción impuesta a dicho trabajador y que fue cumplida desde el 22 de febrero de 2010 al 13 de marzo de 2010. En consecuencia, condeno de forma solidaria a las codemandadas “Adel Mantenimiento, Sociedad Limitada”, e “Insel Instalaciones y Mantenimientos, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a dejar sin efecto alguno y por no puesta la sanción objeto de este procedimiento, con obligación de devolver íntegramente el descuento de sueldo realizado con motivo de la sanción y correspondiente a veinte días de salario.
  Esta sentencia alcanzará la firmeza en el momento de su notificación, porque contra la misma no cabe recurso.
  Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada la anterior sentencia en el día de la fecha por la ilustrísima señora magistrada-juez doña Francisca Arce Gómez, que la suscribe en la Sala de audiencias de este Juzgado..Doy fe.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Insel Instalaciones y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y “Adel Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 31 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/4.805/11)</texto>
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