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    <fecha_publicacion>2011/03/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Guadalajara número 2. Demanda 652 de 2007-L</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>50</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 210 
 Demanda 652 de 2007-L 
  Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 652 de 2007-L de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Martínez Zamarreño, contra don Francisco José Nieves Anguis, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia de fecha 4 de marzo de 2010, cuyo fallo es como sigue:
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por don David Martínez Zamarreño, frente a don Francisco José Nieves Anguis, con número de identificación fiscal 50956742-N, debo condenar y condeno al demandado don Francisco José Nieves Anguis, con número de identificación fiscal 50956742-N, a que abone a la parte actora la cantidad de 1.628,69 euros.
  Se aplicará el interés del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores sobre todas las partidas referidas en el hecho probado quinto de esta sentencia, con excepción de la relativa a indemnización de fin de contrato, sobre la que se aplicará el interés del artículo 576.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial, con exclusivo fundamento en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que la misma es firme y contra ella no cabe recurso alguno.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Francisco José Nieves Anguis, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
  En Guadalajara, a 17 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/4.561/11)</texto>
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