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    <fecha_publicacion>2011/03/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Demanda 770 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>50</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 184 
 Demanda 770 de 2010 
  Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 770 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Mutua Universal Mugenat”, contra don Aicha El Kassimi, “Técnica de Limpieza Martín Muñoz, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Fondo de Garantía Salarial, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Dada cuenta; por recibido el anterior escrito de la parte actora, únase a los autos de su razón, dese traslado del mismo a la parte contraria y a la vista de lo solicitado, se acuerda no a lugar a la admisión del desistimiento debido al posible litisconsorcio pasivo, y, por tanto, a la necesidad de constituir válidamente la relación jurídico procesal.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Técnica de Limpieza Martín Muñoz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/5.802/11)</texto>
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