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    <titulo>Madrid número 4. Ejecución 170 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 136 
 Ejecución 170 de 2009 
  Doña Rosario Rodríguez Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 170 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Henry Daniel Mizhquero Cañar, contra la empresa “Solados y Pavimentos Sánchez Moya, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Rosario Rodríguez Sánchez..En Madrid, a 31 de enero de 2011.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Parte dispositiva:
  Se aprueba la liquidación de intereses practicada en estos autos con fecha 30 de septiembre de 2009 y que asciende a la suma de 179,40 euros.
  Extiéndanse los correspondientes mandamientos de pago que podrán ser retirados en la Secretaría de este Juzgado una vez sea firme esta resolución.
  Asimismo, no habiéndose procedido al cobro del 10 por 100 de mora, puesto a disposición por resolución de 30 de septiembre de 2009, en el plazo concedido al efecto, póngase nuevamente la cantidad de 696,47 euros a disposición de la parte actora, con apercibimiento de que en caso de no proceder a su retirada en el plazo de tres meses, se procederá a su ingreso en la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados”.
  Existiendo un sobrante por importe de 1.004,33 euros y habiendo solicitado el Juzgado de lo social número 5 el reembargo de sobrante mediante oficio de 28 de junio de 2010, transfiérase la referida cantidad a la cuenta de ese Juzgado.
  Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2502 de “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Solados y Pavimentos Sánchez Moya, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 31 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/4.577/11)</texto>
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