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    <fecha_publicacion>2011/03/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Juicio de faltas 6 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>50</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 29 
 EDICTO
 
 105 
 Juicio de faltas 6 de 2010 
  Doña María José Sanz Escorihuela, secretaria del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 6 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Madrid, a 8 de octubre de 2010..El ilustrísimo señor don Pedro Antonio Domínguez Morales, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 6 de 2010, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, don José María Vicente Pedraza, y como denunciado, don Ezdon Cosmán Pozo Villazón, constando en los autos el resto de los datos de los hasta aquí mencionados. Recayendo la presente resolución con base en el siguiente
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Ezdon Cosmán Pozo Villazón, como autor penalmente responsable de una falta contra las personas ya definida, a la pena de multa de veinte días, a una cuota diaria de 4 euros, lo que totaliza la cantidad de 80 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Ezdon Cosmán Pozo Villazón, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 1 de febrero de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/4.710/11)</texto>
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