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    <fecha_publicacion>2011/02/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 33. Demanda 1.402 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>49</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33 
 EDICTO
 
 192 
 Demanda 1.402 de 2010 
  Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.402 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ricardo Ariel Valiente, contra la empresa “Cecege Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia en fecha 21 de enero de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Desestimo la demanda formulada por don Ricardo Ariel Valiente y absuelvo a la demandada “Cecege Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, de las pretensiones deducidas en su contra.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cecege Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente en Madrid, a 26 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/4.406/11)</texto>
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