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    <identificador>BOCM-20110228-141</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/02/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Demanda 898 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>49</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 EDICTO
 
 141 
 Demanda 898 de 2009 
  Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 898 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marín Brinzan, contra las empresas “Provenchina, Sociedad Limitada”, “Estudios, Promociones y Movimientos, Sociedad Limitada”, “Construcciones Villarejo, Sociedad Anónima”, y “Desarrollos Urbaplaning, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice:
  El salario que se señala en el hecho primero es sin prorrata de pagas extras.
  La cantidad que se consigna en el hecho probado segundo como adeudada no es 12.263,46 euros, sino 13.491,54 euros.
  Se añade otro concepto en dicho hecho: paga extra de Navidad de 2008, 1.228,08 euros.
  Se rectifica el fallo en el sentido de que donde dice 12.263,46 euros, debe decir 13.491,54 euros, y donde dice 9.201,51 euros, debe decir 10.429,55 euros.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Estudios, Promociones y Movimientos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/4.376/11)</texto>
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