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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 48</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/02/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 48. Procedimiento ordinario 7 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>49</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 48</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 48 
 EDICTO
 
 111 
 Procedimiento ordinario 7 de 2010 
  Don Arsenio Castillo Gallego, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 48 de los de Madrid.
  Hace saber: Que en este Juzgado de mi cargo se siguen autos de juicio ordinario número 7 de 2010, a instancias de “Banque PSA Finance, Sucursal en España”, contra María Cruz Cuadrado González en ignorado paradero y en los que se ha dictado la siguiente:
  Sentencia
  En la Villa de Madrid, 2010..Doña María Belén López Castrillo, ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 48 de los de Madrid, habiendo visto y examinado los presentes autos de juicio ordinario número 7 de 2010, seguidos a instancias de “Banque PSA Finance, Sucursal en España”, representada por el procurador de los tribunales don José Guerrero Tramoyeres, contra doña María Cruz Cuadrado González, sobre reclamación de cantidad, y
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por el procurador don José Guerrero Tramoyeres, en nombre y representación de “Banque PSA Finance, Sucursal en España, debo condenar y condeno a “Casa y Dinero, Sociedad Limitada” y a doña Cruz Cuadrado González, a que abonen a la actora la suma de 8.271,46 euros, más los intereses de demora al tipo pactado, así como a devolver el vehículo al finalizar el arriendo, esto es, el 31 de diciembre de 2012, y al abono de las costas causadas.
  Contra esta sentencia puede interponer recurso de apelación en este Juzgado en el término de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a su notificación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación en forma a la demanda y para su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, libro el presente.
  Madrid, a 25 de enero de 2011..El secretario (firmado).
  (02/1.375/11)</texto>
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