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    <fecha_publicacion>2011/02/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales Las Vegas. Régimen económico. Presupuesto general 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES LAS VEGAS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES “LAS VEGAS” 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 92 
 Presupuesto general 2011 
  Elevado a definitivo el acuerdo de aprobación inicial del Presupuesto General de esta Mancomunidad para el ejercicio 2011, adoptado por el Pleno de la misma, en sesión celebrada el 21 de diciembre de 2010, al no haberse presentado reclamaciones durante el período de exposición pública transcurrido desde el 14 de enero de 2011, día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público su resumen por capítulos.
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  Contra la aprobación definitiva del presupuesto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al que reciba esta notificación, si no optare por la interposición del recurso potestativo de reposición ante el Pleno de la Mancomunidad en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al del recibo de esta notificación.
  Transcurrido un mes desde la interposición del potestativo recurso de reposición sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses, contados desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado.
  San Martín de la Vega, a 9 de febrero de 2011..La presidenta de la Mancomunidad, María Carmen Guijorro Belinchón.
  (03/5.063/11)</texto>
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