<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110224-83</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VALDEMORILLO</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/02/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Valdemorillo. Otros anuncios. Notificación baja padrón habitantes</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>46</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-02-24-46160220110271</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/24/BOCM-20110224-83.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/24/BOCM-20110224-83.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/24/BOCM-20110224-83.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Valdemorillo</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO 
 OTROS ANUNCIOS
 
 83 
 Notificación baja padrón habitantes 
  Intentada, y no habiendo sido posible por causas no imputables a la Administración, la notificación personal a las personas que se relacionan en el anexo I de este anuncio, de acuerdo con lo previsto en la citada resolución de 4 de julio de 1997, y la posterior corrección de errores, y las facultades conferidas por el artículo 72 del mencionado Reglamento de Población, acordar el inicio del expediente de baja de oficio, por inscripción indebida, en el padrón municipal de habitantes, de los habitantes que se relacionan en el anexo I, por figurar empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento, relativo a declaración de caducidad de las inscripciones de los extranjeros en el padrón de habitantes de Valdemorillo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.9 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar a dichas personas por vía edictal, en los términos y con los efectos previstos en el citado artículo, lo siguiente:
  De acuerdo con la resolución de 28 de abril de 2005, de la presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del director general de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años, y de conformidad con los artículos 16 y 17, y la disposición adicional séptima de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, y demás legislación aplicable, por decreto de Alcaldía de fecha 24 de junio de 2010, que obra en los referidos expedientes, resumidamente, se ha resuelto:
  Primero..Declarar la baja por caducidad de la inscripción en el padrón municipal de habitantes de Valdemorillo de las personas incluidas en el anexo que se adjunta, por tratarse de extranjeros que no han procedido a la renovación de su empadronamiento, y acordar la baja en el padrón municipal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.
  Segundo..Notificar dicha baja padronal a cada uno de los interesados por el procedimiento previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siendo la fecha de la baja la correspondiente a la de la notificación al interesado, bien personalmente o bien, si ello no fuera posible, por anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Con ello se pone fin a la vía administrativa de acuerdo con lo establecido en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción según la Ley 4/1999, de modificación de la anterior, contra la que cabe interponer los siguientes recursos:
  .	Recurso de reposición, potestativo, ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en los términos y plazos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, en su redacción según la Ley 4/1999.
  .	Recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en los términos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación presente.
  .	Recurso extraordinario de revisión, si procediere y en caso de concurrir alguna de las circunstancias previstas en el artículo 118 de la Ley 30/1992, en su redacción según la Ley 4/1999, y según los términos y en los plazos previstos en dicho artículo.
  .	Cualquier otro válido en derecho que en su caso pudiera proceder, en defensa de su interés.
  Lo que se notifica a los interesados, por el presente edicto, a los efectos pertinentes.
   							Ver en documento PDF 						 
  Valdemorillo, a 3 de diciembre de 2010..La alcaldesa, Pilar López Partida.
  (02/12.228/10)</texto>
</documento>