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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/02/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Valladolid número 2. Demanda 637 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>46</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 373 
 Demanda 637 de 2009 
  Don José Luis García Roig, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Valladolid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 637 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pascual Vidal Izquierdo, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Fraternidad Muprespa” e “Instalaciones Eléctricas y Metalomecánicas JRA, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:
  Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice:
  Añadir al hecho probado octavo: «La empresa dedujo en sus correspondientes boletines de TC2 1.750 euros, que no abonó al trabajador en pago delegado.»
  En el fallo: «Que estimando la demanda formulada por don Pascual Vidal Izquierdo, frente a los codemandados Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Fraternidad” e “Instalaciones Eléctricas y Metalomecánicas JRA, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro el derecho del actor a percibir por el concepto de prestaciones de incapacidad temporal, desde el 14 de diciembre de 2008 al 23 de enero de 2009, la suma de 1.750 euros, condenando como responsables directas a la empresa codemandada y a la mutua codemandada al anticipo de tales prestaciones. Igualmente condeno a la empresa al abono al actor de los 248,93 euros restantes correspondientes a complemento por prestaciones de incapacidad temporal y absolviendo al resto de codemandados.»
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones Eléctricas y Metalomecánicas JRA, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Valladolid, a 26 de enero de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/4.451/11)</texto>
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