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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/02/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Toledo número 1. Demanda 550, 561 y 571 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>46</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 369 
 Demanda 550, 561 y 571 de 2010 
  Don Francisco Javier Sanz Rodero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda números 550, 561 y 571 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fran Signe Portillo Santos, contra la empresa “Forjados Estructuras Vicente, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por don Fran Signe Portillo Santos, don Khadine Niang, don Pedro Luna Ruiz, don Luis Gómez Pinto, don Jesús Portillo Juárez y don Lorenzo Uceda López, contra la mercantil “Forjados Estructuras Vicente, Sociedad Anónima”, y el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia de los despidos de los actores, y en consecuencia, debo condenar y condeno a la demandada a estar y pasar por dicha declaración, declarando extinguida la relación laboral entre las partes condenando a la mercantil demandada a abonar a:
  A don Fran Signe Portillo Santos, el pago de una indemnización de 1.825,30 euros, con el abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente sentencia en cuantía de 35,19 euros diarios.
  A don Khadine Niang, el pago de una indemnización de 2.588,90 euros, con el abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente sentencia en cuantía de 35,65 euros diarios.
  A don Pedro Luna Ruiz, el pago de una indemnización de 1.910 euros, con el abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente sentencia en cuantía de 36,21 euros diarios.
  A don Luis Gómez Pinto, el pago de una indemnización de 2.127,40 euros, con el abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente sentencia en cuantía de 40,33 euros diarios.
  A don Jesús Portillo Juárez, el pago de una indemnización de 2.127,40 euros, con el abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente sentencia en cuantía de 40,33 euros diarios.
  A don Lorenzo Uceda López, el pago de una indemnización de 2.043,53 euros, con el abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente sentencia en cuantía de 38,74 euros diarios.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Forjados Estructuras Vicente, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Toledo, a 21 de enero de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/4.455/11)</texto>
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