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    <identificador>BOCM-20110224-206</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/02/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 15. Ejecución 3 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>46</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15 
 
 206 
 Ejecución 3 de 2011 
  Diligencia..En Madrid, a 25 de enero de 2011.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que, intentada la notificación a “Cucu Nene Escuelas Infantiles, Sociedad Limitada”, por los medios que constan en autos se ignora su paradero, por lo que se remite edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID..Doy fe.
  EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 3 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña María Carmen Tena Lobo, contra la empresa “Cucu Nene Escuelas Infantiles, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la resolución siguiente.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de conciliación a favor de la parte ejecutante, doña María Carmen Tena Lobo, frente a “Cucu Nene Escuelas Infantiles, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 4.360,30 euros, en concepto de principal, más otros 872 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso,  puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles de que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cucu Nene Escuelas Infantiles, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/5.273/11)</texto>
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