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    <fecha_publicacion>2011/02/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Ejecución 376 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>46</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 192 
 Ejecución 376 de 2010 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 376 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Rubio Castañera, contra la empresa “Alves Rehabilitación y Obras, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia número 40 de 2011, de 25 de enero de 2011, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 40 de 2011
  En Madrid, a 25 de enero de 2011..Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 376 de 2010 seguidos entre las partes: de una, como demandante, don Alejandro Rubio Castañera, asistido por la letrada señora Lázaro García Golg, y de otra, como demandada, la empresa “Alves Rehabilitación y Obras, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad.
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por don Alejandro Rubio Castañera, debo condenar y condeno a “Alves Rehabilitación y Obras, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 8.188,28 euros, en concepto de salarios y cantidades asimiladas, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora, debiendo absolver al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alves Rehabilitación y Obras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/5.263/11)</texto>
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