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    <titulo>Madrid número 1. Demanda 865 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>46</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 130 
 Demanda 865 de 2010 
  Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento demanda 865 de 2010, de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña María Dolores Toledo Paredes, doña Julia Molina Cañabate, doña María Isabel Garcinuño Zazo, contra las empresas “Sanatorio del Valle, Sociedad Limitada”, “Asociación Ferroviaria Médico Farmacéutica de Previsión Social (AFEMEFA)”, “Sanator”, “Centro Traumatológico Madrileño, Sociedad Limitada”, “Serunión, Sociedad Anónima”, Sanatorio Nuestra Señora del Valle, Sociedad Limitada” y “Aramark Servicios de Catering, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente, cuya parte dispositiva se acompaña.
  Providencia
  El magistrado, Antonio Martínez Melero..En Madrid, a 20 de enero de 2011.
  Por presentado el anterior escrito por don David Ruiz Cortés, letrado de “Aramark Servicios de Catering, Sociedad Limitada Unipersonal”, únase a los autos de su razón.
  A la vista del mismo y no siento materialmente posible la citación por medio de edictos de la empresa “Sanatorio Nuestra Señora del Valle, Sociedad Limitada”, con anterioridad al acto de juicio, se acuerda la suspensión del mismo, señalándose nuevamente para el día 26 de mayo de 2011, a las diez horas, citando a las partes en legal forma.
  Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase que, contra la misma, cabe interponer recurso de reposición, mediante escrito o comparecencia ante este Juzgado en el plazo de cinco días, contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que, al tiempo de interponerlo, el recurrente, si es parte en quien no concurra la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso en “Recursos de Reposición” de la cantidad de 25 euros, con indicación de la entidad bancaria (0030), oficina (1143), dígito de control (50), número de cuenta (000000000), beneficiario (Juzgado de lo social número 1 de Madrid), concepto judicial en la sucursal “Banesto” sita en la calle Orense, número 19, de Madrid.
  Lo manda y firma su señoría..Doy fe..El ilustrísimo magistrado-juez (firmado)..La secretaria judicial (firmado).
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de citación a “Centro Traumatológico Madrileño, Sociedad Limitada” y “Sanatorio Nuestra Señora del Valle, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/5.089/11)</texto>
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