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    <titulo>Madrid número 38. Ejecución 46 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>45</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 150 
 Ejecución 46 de 2010 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 46 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Roberto Ledezma Escobar y don Héctor Velázquez Ugarte, contra la empresa “Estructuras Tebas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 25 de agosto de 2010, con parte dispositiva del tenor literal siguiente:
  En atención a lo dispuesto, se acuerda:
  a)  Despachar la ejecución solicitada por don Roberto Ledezma Escobar, contra “Estructuras Tebas, Sociedad Limitada”, por un principal de 2.580,68 euros, más la cantidad de 516,14 euros en concepto de intereses y costas provisionales (ejecución número 196 de 2010).
  b)  Despachar la ejecución solicitada por don Héctor Velázquez Ugarte, contra “Estructuras Tebas, Sociedad Limitada”, por un principal de 3.065,90 euros, más la cantidad de 613,18 euros en concepto de intereses y costas provisionales (ejecución número 46 de 2010).
  c)  Acumular la ejecución número 196 de 2010 a la ejecución número 46 de 2010, seguidas en este Juzgado contra la misma apremiada, resultando la cantidad total reclamada de 5.646,58 euros de principal, más 1.129,32 euros para costas e intereses presupuestados provisionalmente.
  d)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en diez días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Estructuras Tebas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de enero de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/3.675/11)</texto>
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