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    <fecha_publicacion>2011/02/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 279 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>45</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 133 
 Ejecución 279 de 2010 
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 279 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julio Martín Lázaro y don Daniel Clemente Arribas, contra las empresas “Sistemas de Elevación Joist, Sociedad Limitada”, “Joist, Sociedad Limitada”, y “Dagda Morgana, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Se deja en suspenso, en su actual estado, la tramitación de las presentes actuaciones en lo que respecta a las demandadas “Joist, Sociedad Limitada”, y “Sistemas de Elevación Joist, Sociedad Limitada”, por hallarse declaradas en situación de concurso las empresas demandadas, sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda dar a los créditos declarados en la sentencia recaída, a cuyo fin podrá instarse la ejecución ante el magistrado-juez del concurso (Juzgado de lo mercantil número 6).
  Hágase entrega a la parte actora del testimonio de la demanda, de la sentencia recaída en este procedimiento, con expresión de su firmeza, y de las actuaciones que se hayan practicado con posterioridad a la sentencia.
  Iníciese la ejecución frente a la empresa codemandada “Dagda Morgana, Sociedad Limitada”.
  Notifíquese esta resolución a las partes, así como al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que frente a ella podrá interponerse recurso de reposición, ante este Juzgado, en el término de cinco días a contar desde su notificación. Advirtiendo al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en el “Banco Español de Crédito”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2802.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Sistemas de Elevación Joist, Sociedad Limitada”, “Joist, Sociedad Limitada”, y “Dagda Morgana, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/3.689/11)</texto>
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