<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110223-132</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/02/23</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 279 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>45</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-02-23-45070220110141</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/23/BOCM-20110223-132.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/23/BOCM-20110223-132.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/23/BOCM-20110223-132.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 132 
 Ejecución 279 de 2010 
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 279 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julio Martín Lázaro y don Daniel Clemente Arribas, contra las empresas “Sistemas de Elevación Joist, Sociedad Limitada”, “Joist, Sociedad Limitada”, y “Dagda Morgana, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  En atención a lo dispuesto, se acuerda:
  a)  Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 13.161,08 euros (que se desglosa en 10.909,16 euros a don Julio Martín Lázaro y 2.251,92 euros a don Daniel Clemente Arribas), más la cantidad de 1.316,11 euros y 789,67 euros en concepto de intereses y en concepto de costas provisionales, frente a “Dagda Morgana, Sociedad Limitada”.
  b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Sistemas de Elevación Joist, Sociedad Limitada”, “Joist, Sociedad Limitada”, y “Dagda Morgana, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/3.687/11)</texto>
</documento>