<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110222-181</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/02/22</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 14. Demanda 910 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>44</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-02-22-44040220110162</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/22/BOCM-20110222-181.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/22/BOCM-20110222-181.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/22/BOCM-20110222-181.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 181 
 Demanda 910 de 2009 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 910 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Isaura Zavadzki Pegoraro, contra don Hugo Da Silva, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 17 de 2011
  En Madrid, a 18 de enero de 2011..Vistos por doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de los de Madrid, los presentes autos sobre extinción del contrato de trabajo por voluntad del trabajador, siendo partes en los mismos: de una, como demandante, doña Isaura Zavadzki Pegoraro, representada por el letrado señor Uceda Vázquez, y de otra, como demandados, don Hugo Da Silva y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Isaura Zavadzki Pegoraro, contra don Hugo Da Silva, debo declarar y declaro extinguido con esta fecha el vínculo laboral existente entre ambas partes, condenando al demandado a abonar a la actora la suma de 5.074,99 euros en concepto de indemnización; debiendo absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Hugo Da Silva, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/3.921/11)</texto>
</documento>