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    <fecha_publicacion>2011/02/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 2. Demanda 947 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 105 
 Demanda 947 de 2010 
  Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 947 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Remberto Herrera Espinosa, contra la empresa “Rafman Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución de fecha 21 de enero de 2011, cuya parte dispositiva es:
  Providencia
  Ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Isidro M. Saiz de Marco..En Madrid, a 21 de enero de 2011.
  Dada cuenta; el anterior escrito presentado, únase a los autos de su razón y, visto su contenido, cítese a las partes del presente procedimiento para la comparecencia incidental señalada para el día 9 de marzo de 2011, a las nueve y veinte horas, informándole de que, en caso de no comparecer la parte actora o su representante legal, se la tendrá por desistida de su solicitud de ejecución de sentencia y, en caso de no comparecer la empresa o representante legal, se celebrará el acto sin su presencia.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición, a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Si quien recurre en reposición no ostenta la condición de trabajador beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, Ministerio Fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u Organismo Autónomo dependiente de aquellos, vendrá obligado a consignar como depósito en la cuenta bancaria de este Juzgado, abierta en “Banesto” con el número 2500, la cantidad de 25 euros, como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso de reposición (lo que deberá acreditarse, mediante el correspondiente resguardo de ingreso, al tiempo de presentar el recurso de reposición) (disposición adicional 15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, según la redacción dada por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).
  Lo manda y firma su señoría. Doy fe..El secretario judicial (firmado)..El magistrado-juez (firmado).
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Rafman Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/4.366/11)</texto>
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