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    <identificador>BOCM-20110217-139</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/02/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Demanda 1.191 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>40</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 139 
 Demanda 1.191 de 2008 
  Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.191 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Irina Krasnova, contra la empresa “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Providencia
  Magistrado-juez de lo social, don Marcos Ramos Valles..En Madrid, a 13 de noviembre de 2009.
  Dada cuenta; visto el contenido de la anterior diligencia se tiene por desistida a la parte actora del incidente solicitado, asimismo, y teniendo conocimiento este Juzgado que la empresa demandada “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, se encuentra en situación de concurso número 497 de 2008 del que conoce el Juzgado de lo mercantil número 6 de Madrid, remítase testimonio de la sentencia dictada en las presentes actuaciones al citado Juzgado, y una vez hecho lo que antecede, procédase al archivo de las mismas, dejando nota bastante en los libros de registro de los de su clase.
  Notifíquese esta resolución, contra la que cabe interponer recurso de reposición, a presentar en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, agencia 1143, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/2810/0000/00, seguido del número de autos y año; debiendo comunicar ante la entidad bancaria donde se efectúe el ingreso la clase de recurso que va a interponer, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso.
  No se admitirá a trámite el recurso si el depósito no estuviese constituido, previo requerimiento de subsanación por dos días del defecto, omisión o error en la constitución del mismo.
  Lo manda y firma su señoría. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Diligencia..En Madrid, a 18 de diciembre de 2009.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 16 de diciembre de 2009 ha tenido entrada en este Juzgado el anterior escrito presentado por la actora, doña Irina Krasnova..Doy fe.
  Providencia
  Magistrado-juez de lo social, don Marcos Ramos Valles..En Madrid, a 18 de diciembre de 2009.
  Dada cuenta; por presentado el anterior escrito por la actora doña Irina Krasnova, únase a los autos de su razón, y visto su contenido, no ha lugar a lo solicitado, y estese a lo acordado en providencia de fecha 13 de noviembre de 2008 dictada por este Juzgado.
  Notifíquese esta resolución, contra la que cabe interponer recurso de reposición, a presentar en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, agencia 1143, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/2810/0000/00, seguido del número de autos y año; debiendo comunicar ante la entidad bancaria donde se efectúe el ingreso la clase de recurso que va a interponer, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso.
  No se admitirá a trámite el recurso si el depósito no estuviese constituido, previo requerimiento de subsanación por dos días del defecto, omisión o error en la constitución del mismo.
  Lo manda y firma su señoría. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente en Madrid, a 23 de diciembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/3.327/11)</texto>
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