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    <fecha_publicacion>2011/02/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Demanda 858 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>39</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 322 
 Demanda 858 de 2010 
  Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 858 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Viorica Sovre, contra la empresa “Servi Comunidades Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Dada cuenta; por recibido el anterior escrito de la parte actora solicitando la acumulación a estos autos de los que se siguen en el Juzgado de lo social número 28 de Madrid, únase a los autos de su razón, dese traslado del mismo a las partes y no ha lugar a lo solicitado, habida cuenta que de la documental aportada no se desprenden los conceptos que se reclaman ante el Juzgado de lo social número 28, no apreciándose identidad de acciones.
  Lo manda y firma su señoría..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servi Comunidades Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/2.929/11)</texto>
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