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    <identificador>BOCM-20110215-113</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VILLAVICIOSA DE ODÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/02/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villaviciosa de Odón. Régimen económico. Presupuesto general 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>38</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 113 
 Presupuesto general 2010 
  En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial, adoptado el 26 de noviembre de 2010, sobre las modificaciones al presupuesto: 21/2010 “Transferencia de créditos” y 22/2010 “Suplemento de créditos”, y el acuerdo plenario de aprobación inicial, adoptado el 29 de diciembre de 2010, sobre las modificaciones al presupuesto: 25/2010 “Transferencia de créditos” y 26/2010 “Suplemento de créditos”, que se hacen públicas resumidas por capítulos:
  Modificación 21/2010
  Transferencia de créditos:
  .	Aplicaciones que ceden crédito:
  l	Capítulo II. Gastos corrientes en bienes y servicios, 193.747,67 euros.
  l	Capítulo IV. Transferencias corrientes, 34.850 euros.
  .	Aplicaciones que incrementan crédito:
  l	Capítulo II. Gastos corrientes en bienes y servicios, 228.597,67 euros.
  Modificación 22/2010
  Suplemento de créditos:
  .	Capítulo VI. Inversiones reales, 9.000 euros.
  Bajas de créditos que financian la modificación:
  .	Capítulo VI. Inversiones reales, 9.000 euros.
  Modificación 25/2010
  Transferencia de créditos:
  .	Aplicaciones que ceden crédito:
  l	Capítulo II. Gastos corrientes en bienes y servicios, 103.866,64 euros.
  l	Capítulo IV. Transferencias corrientes, 3.000 euros.
  .	Aplicaciones que incrementan crédito:
  l	Capítulo II. Gastos corrientes en bienes y servicios, 100.411 euros.
  l	Capítulo IV. Transferencias corrientes, 3.000 euros.
  l	Capítulo VI. Inversiones reales, 3.455,64 euros.
  Modificación 26/2010
  Suplemento de créditos:
  .	Capítulo VI. Inversiones reales, 10.112,35 euros.
  Bajas de créditos que financian la modificación:
  .	Capítulo VI. Inversiones reales, 10.112,35 euros.
  Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
  Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
  Villaviciosa de Odón, a 31 de enero de 2011..El alcalde-presidente, José Jover Sanz.
  (03/4.499/11)</texto>
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