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    <identificador>BOCM-20110214-87</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VILLAVICIOSA DE ODÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/02/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villaviciosa de Odón. Régimen económico. Ordenanza reguladora del precio público del complejo acuático</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>37</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 87 
 Ordenanza reguladora del precio público del complejo acuático 
  En las oficinas municipales, Concejalía de Deportes, sita en el camino de Sacedón, número 15, con horario de atención al público, de diez a catorce y de diecisiete a diecinueve, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público el acuerdo provisional que a continuación se relaciona, adoptado por la Junta de Gobierno Local de fecha 22 de septiembre de 2010.
  Aprobar la modificación de la ordenanza fiscal siguiente:
  Ordenanza reguladora del precio público del complejo acuático deportivo municipal “Hispaocio”, del aparcamiento del centro deportivo acuático municipal.
  Los interesados legítimos a los que hace referencia el artículo 18 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, podrán examinar el referido expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a las siguientes reglas:
  a)	Plazo de información pública y audiencia, así como presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
  c)	Organismo ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
  En el supuesto de que no se presenten reclamaciones en el plazo de información pública, se entenderá definitivamente adoptado este acuerdo.
  En Villaviciosa de Odón, a 10 de febrero de 2011..El alcalde-presidente, José Jover Sanz.
  (03/5.068/11)</texto>
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