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    <fecha_publicacion>2011/02/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Proyecto reparcelación APR 09.05 Mutualidad de la Policía</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>37</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - Dirección General de Gestión Urbanística - Subdirección General de Promoción del Suelo - Departamento de Gestión Zona I</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Dirección General de Gestión Urbanística
 Subdirección General de Promoción del Suelo
 Departamento de Gestión Zona I
 
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 Proyecto reparcelación APR 09.05 Mutualidad de la Policía 
  La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en la sesión celebrada el día 9 de diciembre de 2010, y en el expediente administrativo con RG.a 711/2009/1730, ha adoptado el siguiente acuerdo:
  «Primero..Aprobar, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del artículo 88.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el proyecto de reparcelación del Área de Planeamiento Remitido 09.05 “Mutualidad de la Policía”, con estimación parcial o desestimación de las alegaciones formuladas durante el trámite de información pública, en los términos y con arreglo a las consideraciones que se recogen en el informe emitido por los servicios técnicos de la Subdirección General de Promoción del Suelo de la Dirección General de Gestión Urbanística de 23 de noviembre de 2010.
  Segundo..Disponer el ingreso de la cantidad de 4.137.250 euros en concepto de compensación económica sustitutoria del aprovechamiento urbanístico municipal que deberá efectuar en la Tesorería Municipal concepto 39700 “Aprovechamientos Urbanísticos” del estado de ingresos del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación del presente acuerdo».
  El anterior acuerdo ha sido publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 5, de 7 de enero de 2011.
  Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de notificar el acuerdo transcrito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a don Pedro Pablo García García-Heras, a quien los servicios de Correos no han podido efectuar la notificación personal de la aprobación del mencionado proyecto de reparcelación y se han visto en la precisión de devolverla.
  El acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso de reposición potestativo ante el órgano que lo adoptó en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, podrá ser impugnado directamente en el orden jurisdiccional ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con la Ley 29/1998, 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.
  Madrid, a 25 de enero de 2011..El director de la Oficina del Secretario de la Junta de la Ciudad de Madrid, Jesús Espino Granado.
  (02/883/11)</texto>
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