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    <fecha_publicacion>2011/02/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Demanda 813 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>37</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 160 
 Demanda 813 de 2010 
  Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 813 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Pellús Mora, contra la empresa “Edificaciones Huerta Hijosa, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 27 de diciembre de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Estimar la demanda interpuesta por don José Pellús Mora, frente a la empresa “Edificaciones Huerta Hijosa, Sociedad Limitada”, declarando improcedente el despido del actor y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución, y condeno a la empresa demandada a que indemnice al trabajador en la cantidad de 11.943,66 euros, más el abono de los salarios de tramitación por el importe de 2.568,50 euros.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Edificaciones Huerta Hijosa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 10 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/2.692/11)</texto>
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