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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/02/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>– El Atazar. Régimen económico. Tasa licencia autotaxis</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Atazar</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE EL ATAZAR 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Tasa licencia autotaxis 
  El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2010, adoptó, entre otros, el acuerdo de imposición y ordenación de la tasa por licencias de autotaxis y demás vehículos de alquiler, el cual ha sido aprobado con carácter provisional, que se elevará automáticamente a definitivo si no se presentaran reclamaciones.
  De conformidad con lo prevenido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el referido expediente queda expuesto en la Secretaría Municipal por plazo de treinta días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar, en su caso, las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno Corporativo.
  En El Atazar, a 19 de enero de 2011..El alcalde, Juan Pablo Lozano García.
  (03/3.457/11)</texto>
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