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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/02/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Vitoria número 1. Ordinario 658 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>35</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VITORIA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE VITORIA NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 268 
 Ordinario 658 de 2010 
  Don Jesús Sevillano Hernández, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Vitoria-Gasteiz.
  Hago saber: Que en autos de lo social ordinario número 658 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Noel Vergara Cabrero, contra la empresa “Fortis Bank, Sociedad Anónima”, don Manuel Huerta González, don Antonio Moreno Rodríguez y “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
  CÉDULA DE CITACIÓN
  Autoridad que ordena citar: secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Vitoria-Gasteiz.
  Asunto en que se acuerda: el arriba referenciado.
  Fecha de la resolución que lo acuerda: 28 de octubre de 2010.
  Empresa a la que se cita: “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada, domicilio en la calle Monte Esquinza, número 36, bajo B, 28010 Madrid.
  Objeto de la citación: asistir en el concepto indicado a la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio.
  Lugar en que debe comparecer: en la oficina judicial de este Juzgado, sita en la dirección indicada, Sala de visitas 10, planta baja.
  Prevenciones legales
  Día y hora en la que debe comparecer: el día 6 de abril de 2011, a las once y quince horas.
  1.  Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  2.  Debe concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  3.  Debe presentar los documentos que estén en su poder y hayan sido propuestos por la parte demandante y admitidos por el Juzgado; si no los presentare sin causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria, en relación con la prueba acordada (artículo 94.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  4.  Se le hace saber que la parte demandante comparecerá en el juicio asistida de abogado. Si usted también se propone comparecer con alguno de dichos profesionales, debe participarlo al Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes al de la citación. De no hacerlo, se presume que renuncia al derecho de valerse en el acto del juicio de dichos profesionales (artículo 21.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  5.  La representación de persona física o entidades sociales deberá acreditarse por medio de poder notarial o conferirse por comparecencia ante el secretario judicial.
  6.  Deba comparece con documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia.
  En Vitoria-Gasteiz, a 28 de octubre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Vitoria-Gasteiz, a 11 de enero de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/3.476/11)</texto>
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