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    <fecha_publicacion>2011/02/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 6. Demanda 1.552 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 
 136 
 Demanda 1.552 de 2010 
  Don David Atienza Marcos, secretario de lo social del número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Margarito Otaño Ogando, contra don Julián Elices Martín, “Julián Elices, Sociedad Anónima”, “Constructora Ferramil, Sociedad Anónima”, “Ferramil Costa, Sociedad Limitada”, “Comercial Pasquinel, Sociedad Anónima”, “Compañía de los Razos de Ugena, Sociedad Limitada”, y “Elices Textil, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 1.552 de 2010, se ha acordado citar a don Julián Elices Martín, “Julián Elices, Sociedad Anónima”, “Constructora Ferramil, Sociedad Anónima”, “Ferramil Costa, Sociedad Limitada”, “Comercial Pasquinel, Sociedad Anónima”, “Compañía de los Razos de Ugena, Sociedad Limitada”, y “Elices Textil, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 18 de febrero de 2011, a las diez y veinticinco horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 6, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia, así como que de no comparecer a juicio, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos en que dicha parte hubiese intervenido personalmente y cuya fijación como ciertos le sea enteramente perjudicial, además de imponerle la multa a que se refiere el apartado cuarto del artículo 292 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de citación a don Julián Elices Martín, “Julián Elices, Sociedad Anónima”, “Constructora Ferramil, Sociedad Anónima”, “Ferramil Costa, Sociedad Limitada”, “Comercial Pasquinel, Sociedad Anónima”, “Compañía de los Razos de Ugena, Sociedad Limitada”, y “Elices Textil, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
  En Madrid, a 19 de enero de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/3.682/11)</texto>
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