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    <identificador>BOCM-20110210-42</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MADRID</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/02/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad. Acceso áreas prioridad residencial</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>34</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad - Dirección General de Movilidad</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad
 Dirección General de Movilidad
 
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 Acceso áreas prioridad residencial 
  En virtud de la documentación obrante en el expediente, y en base a la propuesta remitida por el director general de Movilidad y a lo establecido en el artículo 25.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local; artículos 7 y 16 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial; 88 de la Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid y 3.d) del Acuerdo de 18 de junio de 2007, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos mediante la presente, vengo a dictar el siguiente decreto:
  Primero..Permitir el acceso a las Áreas de Prioridad Residencial de Embajadores, Letras y Cortes, de los coches utilizados dentro del sistema de vehículo multiusuario o “carsharing”.
  Segundo..Las empresas dedicadas a la prestación de servicios de vehículo multiusiario o “carsharing”, para poder comunicar al Ayuntamiento de Madrid la relación de matrículas de sus vehículos afectados al citado servicio.
  Tercero..El presente Decreto entrará en vigor a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de enero de 2011..El delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad, Pedro Calvo Poch.
  (03/4.626/11)</texto>
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