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    <fecha_publicacion>2011/02/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Castilla y León. Sala de lo Social. Recurso suplicación 466 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN 
 SALA DE LO SOCIAL
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 98 
 Recurso suplicación 466 de 2010 
  Don Ángel Azofra García, secretario accidental de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos.
  Hace saber: Que en el recurso de suplicación número 466 de 2010 de esta Sala, que trae su causa de los autos número 24 de 2010 del Juzgado de lo social de Segovia, seguidos a instancias de don Alberto Sánchez Arribas y otro, contra “Nokia Siemens Network OY” y otros, sobre despido, ha sido dictado diligencia de ordenación del tenor literal siguiente:
  Diligencia de ordenación de la secretaria, señora Carrero Rodríguez..En Burgos, a 14 de enero de 2011.
  Dada cuenta; siendo firme el decreto de fecha 13 de diciembre de 2010, al no haber sido recurrido en reposición por las partes en el plazo señalado por la Ley, se acuerda, a tenor de lo establecido en el artículo 207 de la vigente Ley de Procedimiento Laboral, emplazar a las partes para que comparezcan, personalmente o por medio de abogado o representante, ante la Sala de lo social del Tribunal Supremo, en el plazo de quince días hábiles, a usar de su derecho.
  Verificados los emplazamientos, elévense, dentro de los cinco días siguientes, a la Sala Cuarta del Tribunal Supremo los documentos de preparación del recurso, los autos del Juzgado de lo social de procedencia obrantes en esta Secretaría, la certificación de la sentencia dictada en el recurso de suplicación y el rollo del mismo.
  Se significa a la parte que ha preparado el recurso que, según el artículo 221 de la Ley de Procedimiento Laboral, el escrito de interposición del recurso deberá presentarse ante la Sala de lo social del Tribunal Supremo dentro de los veinte días siguientes a la fecha en que se hace el emplazamiento.
  Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
  Así lo ordena y firma, de lo que doy fe..El secretario (firmado).
  Y para que sirva de notificación en forma legal a “Afianza Telecom 2, Sociedad Limitada”, y “Afianza Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, hoy en ignorado paradero, expido la presente en Burgos, a 14 de enero de 2011..El secretario (firmado).
  (03/2.210/11)</texto>
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