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    <fecha_publicacion>2011/02/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Demanda 1.038 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>33</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 164 
 Demanda 1.038 de 2010 
  Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.038 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Antonia Sánchez González, contra la empresa “Diszulega, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 3 de enero de 2011.
  Dispongo: Declarar la nulidad de la sentencia número 493 dictada en los presentes autos en fecha 13 de diciembre de 2010, a fin de que se proceda a dictar nueva sentencia congruente con lo postulado en la demanda.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Diszulega, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 3 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/2.303/11)</texto>
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