<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110209-104</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/02/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 93. Juicio verbal 494 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>33</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-02-09-33210120110041</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/09/BOCM-20110209-104.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/09/BOCM-20110209-104.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/09/BOCM-20110209-104.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93 
 EDICTO
 
 104 
 Juicio verbal 494 de 2010 
  Don Enrique Cilla Calle, secretario del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid.
  Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio contencioso número 494 de 2010, en los que ha recaído sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Estimo la demanda formulada por la procuradora doña Teresa Goñi Toledo, en nombre y representación de doña Minnelys Altagracia Martínez Alcántara, contra don Domingo Germán Almonte Almonte, declaro haber lugar a la misma y, en su virtud, confiero a la madre-demandante, doña Minnelys Altagracia Martínez Alcántara, la guarda y custodia sobre el hijo menor de edad, Christián Domingo Almonte Almonte, así como el ejercicio en exclusiva de la patria potestad sobre el menor Christián Domingo Almonge Almonte.
  Todo ello debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, el cual,  en su caso, deberá prepararse ante este Juzgado en el término de cinco días.
  Así por este mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación de sentencia al demandado, en ignorado paradero, don Domingo Germán Almonte Almonte, con tarjeta de residencia número X-1356669-Z.
  En Madrid, a 23 de diciembre de 2010..El secretario (firmado).
  (03/2.046/11)</texto>
</documento>