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    <departamento>VILLAVICIOSA DE ODÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/02/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villaviciosa de Odón. Otros anuncios. Procedimiento sancionador número 14/10</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>31</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Procedimiento sancionador número 14/10 
  En relación con el procedimiento sancionador número 14/10, siendo interesada doña Ascensión Fernández Fernández, ha sido resuelto por la concejala de Urbanismo, Vivienda, Recursos Humanos y Régimen Interior del municipio de Villaviciosa de Odón, doña Encarna Dávila Bravo.
  Dicha resolución tiene carácter definitivo, poniendo fin a la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, pudiéndose impugnar mediante interposición de recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la presente publicación, no obstante, podrá interponer de la misma forma y en el plazo de un mes, con carácter previo, recurso de reposición ante el órgano municipal que resolvió el procedimiento. Igualmente podrá utilizar otros recursos.
  Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y con el fin de su exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento y de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, toda vez que intentada la notificación a la persona afectada a que se viene haciendo mención, no ha podido ser practicada.
  Villaviciosa de Odón, a 13 de enero de 2011..El alcalde-presidente, José Jover Sanz.
  (02/494/11)</texto>
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