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    <identificador>BOCM-20110204-90</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>FUENTE EL SAZ DE JARAMA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/02/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Fuente el Saz de Jarama. Régimen económico. Modificación ordenanza número 19, tenencia y protección de animales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>29</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Fuente el Saz de Jarama</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 90 
 Modificación ordenanza número 19, tenencia y protección de animales 
  Transcurrido el plazo para presentación de alegaciones contra el acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada con fecha 25 de noviembre de 2010, y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 298, de 14 de diciembre de 2010, relativo a la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal número 19, reguladora de la tenencia y protección de animales domésticos y de compañía, se eleva a definitivo dicho acuerdo, publicándose el texto íntegro de la modificación de la ordenanza.
  Modificación de la ordenanza número 19, reguladora de la tenencia  y protección de animales domésticos y de compañía
  Las cuotas tributarias que figuran en la ordenanza se han actualizado con el IPC de octubre de 2009 a octubre de 2010, es decir, el 2,3 por 100, quedando como sigue:
  Modificación del artículo 76:
  .	Expediente de licencia municipal de tenencia de animales potencialmente peligrosos: 22,51 euros.
  .	Inscripción en el Registro: 10,23 euros.
  .	Renovación anual de inscripción: 10,23 euros.
  .	Inscripción en el Centro de Animales Domésticos y de Compañía: 10,23 euros.
  .	Expedición de certificados sobre registro o censo: 10,23 euros.
  Dado que la ordenanza en sus artículos 17, 21, 28 y 40 contempla la posibilidad de que los animales se ingresen en un centro por mandamiento de la autoridad y señala expresamente, que en el caso de ser recuperado, el propietario del animal deberá abonar los gastos de recogida, mantenimiento, manutención y atenciones sanitarias, en su caso, no recogiendo la ordenanza hasta la fecha los importes correspondientes, por ello, se establecen los siguientes precios:
  .	Precio estancia animal por día o fracción: 14 euros.
  .	Precio retirada de perros en horario normalizado (laborable de ocho a veintiuna horas): 125 euros.
  .	Precio retirada de perros en horario urgente (Laborable de veintiuna a ocho horas, sábados, domingos y festivos): 202 euros.
  .	Precio retirada gatos en horario normalizado: 50 euros.
  Además se propone la modificación de la disposición final 4, quedando en su nueva redacción como sigue:
  “Mediante decreto de Alcaldía se aprobarán los ingresos normalizados que sean necesarios para la aplicación de esta ordenanza”.
  Una vez se efectúe la publicación del texto íntegro de la presente ordenanza en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entrará en vigor tras su publicación, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.
  Fuente el Saz de Jarama, a 18 de enero de 2011..La alcaldesa, Mónica García Carabias.
  (03/2.768/11)</texto>
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