<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110204-83</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COBEÑA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/02/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Cobeña. Régimen económico. Presupuesto ejercicio 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>29</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-02-04-29020220110044</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/04/BOCM-20110204-83.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/04/BOCM-20110204-83.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/04/BOCM-20110204-83.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Cobeña</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COBEÑA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 83 
 Presupuesto ejercicio 2011 
  Aprobación inicial del presupuesto de la Corporación para el ejercicio 2011.
  Estimada la alegación formulada por el Partido Popular, relativa a la aprobación inicial del presupuesto general de la Corporación para el ejercicio 2011, acordada por el Pleno de la Corporación, en sesión de fecha 23 de diciembre de 2010, y habiéndose realizado las modificaciones correspondientes, por acuerdo del Pleno de la Corporación, en fecha 27 de enero de 2011, se ha aprobado inicialmente la modificación del Presupuesto (Estado de Gastos e Ingresos y Anexo de personal), para el ejercicio económico 2011, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y se expone nuevamente al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
  De conformidad con el acuerdo adoptado, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no se presentasen reclamaciones.
  En Cobeña, a 28 de enero de 2011..El alcalde, Eugenio González Moya.
  (03/3.930/11)</texto>
</documento>