<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110204-200</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 11</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/02/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Málaga número 11. Procedimiento ordinario 157 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>13</pagina_inicial>
    <pagina_final>13</pagina_final>
    <diario_numero>29</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-02-04-29250120110038</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/04/BOCM-20110204-200.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/04/BOCM-20110204-200.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/04/BOCM-20110204-200.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 11</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 11 
 EDICTO
 
 200 
 Procedimiento ordinario 157 de 2010 
  Don Luis Villalobos Sánchez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 11 de Málaga.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 157 de 2010, a instancias de la parte actora don Antonio Jiménez Mayor, contra don Rafael Rojas Romero, don Francisco Gil Guerra, “Hormigones y Minas, Sociedad Anónima”, “Jarquil Andalucía, Sociedad Anónima”, “Inversiones I-D-13, Sociedad Limitada”, “Excavaciones Ruiz y Monedero, Sociedad Limitada”, “Peache, Sociedad Anónima”, UTE “Dragados Jarquil/Excavaciones Ruiz” y “Dragados, Sociedad Anónima”, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 4 de mayo de 2010, del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Su señoría dispuso: Con la demanda que se da cuenta, fórmese el oportuno expediente, que se registrará en el libro de los de su clase. Se admite cuando ha lugar en derecho la demanda presentada. Para la celebración de los actos de juicio y, en su caso, conciliación, que tendrán lugar ante este Juzgado de lo social y que se celebrarán en la Sala de audiencias del Juzgado de lo social número 11 de Málaga, se señala el día 4 de julio de 2011, a las diez y diez horas, a cuyo efecto se citará a las partes, con entrega a las demandadas de copia simple del a demanda, advirtiéndoles que es única convocatoria y que deberán concurrir con todos los medios de prueba de que intenten valerse, sin que se pueda suspender el acto por falta injustificada de asistencia de aquellas, y de no comparecer el demandante ni alegar justa causa, se le tendrá por desistido de su demanda, sirviendo la notificación de la presente de citación en forma.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Dragados, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Málaga, a 11 de enero de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/2.533/11)</texto>
</documento>