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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Economía y Hacienda</departamento>
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    <titulo>Atribución representación
– Orden de 22 de diciembre de 2010, por la que se atribuye indistintamente la representación de la Comunidad de Madrid en el otorgamiento de documentos y escrituras públicas que contengan negocios jurídicos patrimoniales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>28</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>Consejería de Economía y Hacienda</organismo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA 
 
 6 
 ORDEN de 22 de diciembre de 2010, por la que se atribuye indistintamente la representación de la Comunidad de Madrid en el otorgamiento de documentos y escrituras públicas que contengan negocios jurídicos patrimoniales. 
  Por Decreto 115/2008, de 24 de julio, del Consejo de Gobierno, que modifica las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, la Dirección General de Política Financiera y Tesorería adquirió las competencias propias de la Dirección General de Patrimonio, pasando a denominarse Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio.
  La Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 14 que corresponde a la Consejería de Economía y Hacienda el otorgamiento de escrituras públicas y la formalización de inscripciones en el Registro de la Propiedad de los bienes inmuebles y derechos inscribibles de que sea titular la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la legislación hipotecaria.
  Dado el importante número de expedientes que se tramitan, cuya formalización exige escritura pública, certificación administrativa o suscripción de contratos privados, principalmente de arrendamientos, y con el fin de flexibilizar, agilizar y economizar la correspondiente tramitación patrimonial, se hace necesario atribuir indistintamente la representación de la Comunidad de Madrid en el otorgamiento de documentos y escrituras públicas de los negocios patrimoniales a los titulares de la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, de la Subdirección General de Régimen Jurídico y Gestión del Patrimonio y de la Jefatura del Área Jurídica de Patrimonio.
  Por ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7, 14 y concordantes de la Ley 3/2001, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, y en uso de las atribuciones que me competen,
  DISPONGO
  Primero
  Atribuir indistintamente la representación de la Comunidad de Madrid en el otorgamiento de documentos y escrituras públicas que contengan negocios jurídicos patrimoniales a los titulares de los órganos y unidades administrativas siguientes:
  .	Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio.
  .	Subdirección General de Régimen Jurídico y Gestión del Patrimonio.
  .	Jefatura del Área Jurídica de Patrimonio.
  Todo ello, sin perjuicio de la propia representación que pueda ejercitar en cualquier momento por razón del cargo el titular de la Consejería.
  Segundo
  Dejar sin efecto la Orden de esta Consejería de 4 de agosto de 2008.
  Tercero
  Publicar esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 22 de diciembre de 2010.
  		El Consejero de Economía y Hacienda, 		ANTONIO BETETA BARREDA
  (03/2.788/11)</texto>
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