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    <titulo>Alcalá de Henares número 3. Juicio de faltas 232 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 92 
 Juicio de faltas 232 de 2010 
  Doña Silvia Rodríguez Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 (anterior mixto número 7) de Alcalá de Henares.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 232 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Alcalá de Henares, a 9 de noviembre de 2010..Vistos por doña Begoña López Anguita, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio verbal de faltas número 232 de 2010, seguidos por hurto, en los que han sido partes: el ministerio fiscal; don Juan Carlos Blanco de la Cruz, como denunciante, y doña Rebeca Andeme Lorenzo Ndabengomo, como denunciada.
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo de toda responsabilidad penal por los hechos enjuiciados a doña Rebeca Andeme Lorenzo Ndabengomo, con declaración de las costas de oficio.
  Esta sentencia no es firme ya contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación, que deberá formalizarse ante este Juzgado.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Rebeca Andeme Lorenzo Ndabengomo, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 3 de enero de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/1.272/11)</texto>
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