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    <fecha_publicacion>2011/02/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Licencias. Junta Municipal de Distrito de Centro. Plan Especial Control Urbanístico-Ambiental Usos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 LICENCIAS
 Junta Municipal de Distrito de Centro
 
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 Plan Especial Control Urbanístico-Ambiental Usos 
  Acuerdo del Pleno, de 28 de septiembre de 2010, por el que se aprueba definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para la transformación de garaje-aparcamiento privado en público en el edificio situado en la calle Gravina, número 21, promovido por “Lalama Gestión Patrimonial, Sociedd Limitada”, Distrito de Centro.
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos promovido por “Lalama Gestión Patrimonial, Sociedad Limitada”, para la transformación de garaje-aparcamiento privado en público en el edificio sito en la calle Gravina, número 21».
  Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido con fecha 8 de octubre de 2010 un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.
  Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  Todo ello sin perjuicio de que la interesada ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
  Madrid, a 14 de octubre de 2010..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
  (02/11.683/10)</texto>
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