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    <fecha_publicacion>2011/02/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Demanda 1.107 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 202 
 Demanda 1.107 de 2010 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.107 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joel Madueño Palacios, contra la empresa “PSP Construcciones Públicas, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 26 de noviembre de 2010 del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por don Joel Mandueño Palacios, contra “PSP Construcciones Públicas, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por la anterior declaración con todos los efectos inherentes a la misma y, en consecuencia, a que opte en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia por readmitir a la parte actora en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido o le indemnice en la cantidad de 17.125,59 euros, debiéndole abonar en cualquier caso los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la notificación de esta sentencia.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “PSP Construcciones Públicas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 13 de diciembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/1.587/11)</texto>
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