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    <fecha_publicacion>2011/02/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Demanda 1.163 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 177 
 Demanda 1.163 de 2010 
  Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.163 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Manuel Sánchez Muñoz, contra la empresa “Pintura y Diseño Interiores, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 667 de 2010
  En Madrid, a 22 de diciembre de 2010..Doña María Henar Senovilla, magistrada-juez del Juzgado lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Juan Manuel Sánchez Muñoz, que comparece, y de otra, como demandada, “Pintura y Diseño Interiores, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey, ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por don Juan Manuel Sánchez Muñoz, don Juan Bravo Martínez y don José Manuel Murillo Moreno, frente a la empresa demandada “Pintura y Diseño Interiores, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante y condeno a la empresa demandada a estar y pasar por tal declaración y a que abone a los actores las siguientes cantidades en concepto de indemnización y de salarios de tramitación:
  A don Juan Manuel Sánchez Muñoz la cantidad de 23.280,69 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 7.876,46 euros en concepto de salarios de tramitación.
  A don José Manuel Murillo Moreno la cantidad de 20.242,59 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 8.128,08 euros en concepto de salarios de tramitación.
  A don Juan Bravo Martínez la cantidad de 20.680,42 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 8.019,48 euros en concepto de salarios de tramitación.
  Y, asimismo, debo declarar y declaro extinguidas las relaciones laborales que unían a las partes, demandantes y demandada, con fecha de la presente resolución de 22 de diciembre de 2010.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pintura y Diseño Interiores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/1.568/11)</texto>
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