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    <fecha_publicacion>2011/02/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 138 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>26</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 158 
 Ejecución 138 de 2010 
  Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 138 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Mercedes García Berlanga, contra las empresas “Promociones y Construcciones Muñerán, Sociedad Limitada”, y “Fachadas y Reconstrucciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Constando que la empresa “Promociones y Construcciones Muñerán, Sociedad Limitada”, se encuentra en situación de insolvencia total decretada por resolución del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, en la ejecución número 37 de 2010, continúese este procedimiento con las averiguaciones de la empresa “Fachadas y Reconstrucciones, Sociedad Limitada”.
  Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, “Promociones y Construcciones Muñerán, Sociedad Limitada”, y “Fachadas y Reconstrucciones, Sociedad Limitada”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.
  Requerir a “Fachadas y Reconstrucciones, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de cinco días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué persona y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento, que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Promociones y Construcciones Muñerán, Sociedad Limitada”, y “Fachadas y Reconstrucciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de diciembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/1.565/11)</texto>
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