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    <fecha_publicacion>2011/02/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Demanda 1.052 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>26</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 147 
 Demanda 1.052 de 2009 
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.052 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mohamed Boukhari y don Adil Abbou, contra las empresas “Mármoles y Pavimentos Nova, Sociedad Limitada”, y “Mármoles y Pulidos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución en fecha 22 de diciembre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por la parte actora don Mohamed Boukhari y don Adil Abbou, frente a las demandadas “Mármoles y Pavimentos Nova, Sociedad Limitada”, y “Mármoles y Pulidos, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a las empresas demandadas a que abonen a los trabajadores, don Mohamed Boukhari, 5.652,74 euros, y a don Adil Abbou, 8.037,35 euros, por los conceptos expresados, incrementada un 10 por 100 por mora y respecto de las de naturaleza salarial.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Mármoles y Pavimentos Nova, Sociedad Limitada”, y “Mármoles y Pulidos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de diciembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/1.442/11)</texto>
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