<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110127-65</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/01/27</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Segunda. Recurso de apelación 2.292 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>22</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-01-27-22190120110214</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/27/BOCM-20110127-65.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/27/BOCM-20110127-65.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/27/BOCM-20110127-65.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Tribunal Superior de Justicia:</organismo>
    <organismo>Tribunal Superior de Justicia:</organismo>
    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID 
 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
 Sección Segunda
 
 65 
 Recurso de apelación 2.292 de 2009 
  ANUNCIO
  Ilustrísimos señores: presidente, don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez; magistrados, doña Elvira Adoración Rodríguez Martí, don Miguel Ángel García Alonso, doña Sandra González de Lara Mingo y don Marcial Viñoly Palop..En Madrid, a 20 de mayo de 2010.
  Vistos por la Sala, constituida por los señores citados, de este Tribunal Superior de Justicia los autos del recurso de apelación número 2.292 de 2009, interpuesto por “Inmovilizaciones Financieras, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Juan Luis Cárdenas Porras, contra la sentencia de fecha 29 de junio de 2009, dictada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 9 de Madrid, en el recurso de procedimiento ordinario número 103 de 2008. Ha sido parte apelada el Ayuntamiento de Torrelodones, estando representado por la procuradora doña Beatriz Sánchez-Vera Gómez-Trelles.
  Fallamos
  Que estimando el recurso de apelación interpuesto por “Inmovilizaciones Financieras, Sociedad Anónima”, contra la sentencia dictada por el magistrado-juez de lo contencioso-administrativo del número 9 de los de Madrid, en el procedimiento ordinario número 103 de 2008, debemos revocarla y la revocamos por no ajustarse a derecho, y estimando parcialmente el recurso interpuesto en la instancia, debemos anular y anulamos la ficha de la Unidad de Ejecución número 27 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento aprobadas por acuerdo del Ayuntamiento de Torrelodones de fecha 16 de octubre de 1997, y, en consecuencia, debemos anular y anulamos la actuación administrativa descrita en el fundamento de derecho primero de la presente resolución, y declaramos el derecho de la apelante a la obtención de la licencia de segregación solicitada. Rechazamos expresamente los restantes pedimentos de la demanda de instancia.
  No se hace pronunciamiento alguno respecto de las costas procesales.
  Así por esta nuestra sentencia, contra la que no cabe recurso alguno, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
  Y para su publicación, a los efectos del artículo 126 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, expido el presente.
  En Madrid, a 23 de diciembre de 2010..El secretario (firmado).
  (03/1.658/11)</texto>
</documento>