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    <fecha_publicacion>2011/01/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Robledo de Chavela. Urbanismo. Modificación Puntual no sustancial Normas Subsidiarias Planeamiento Robledo de Chavela</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ROBLEDO DE CHAVELA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA 
 URBANISMO
 
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 Modificación Puntual no sustancial Normas Subsidiarias Planeamiento Robledo de Chavela 
  Por acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de 8 de octubre de 2010, se aprobó por unanimidad la aprobación inicial, y el someter a exposición pública el proyecto de modificación puntual no sustancial de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Robledo de Chavela, consistente en el establecimiento de un nuevo grado en la ordenanza de vivienda unifamiliar U2, ya que la topología que les atribuye las Normas Subsidiarias en vigor, establece una parcela mínima de 1.000 metros cuadrados, parcelación esta que resulta excesivamente elevada dada la situación de las mismas que están enclavadas generalmente entre parcelas de 250 metros cuadrados y el casco antiguo, al objeto de que, en un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se pudieran examinar dichos trabajos por los interesados y presentar alegaciones.
  Durante este período, el proyecto diligenciado de la modificación puntual no sustancial de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Robledo de Chavela se encontrará ­depositado, para su consulta pública, en las dependencias municipales del Ayuntamiento de Robledo de Chavela.
  En Robledo de Chavela, a 28 de diciembre de 2010..El alcalde (firmado).
  (03/1.588/11)</texto>
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