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    <fecha_publicacion>2011/01/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Jaén número 4. Procedimiento 245 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>13</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 184 
 Procedimiento 245 de 2010 
  El secretario judicial del Juzgado de lo social número 4 de Jaén.
  Hace saber: Que en este Juzgado se sigue autos número 245 de 2010, sobre social ordinario, a instancias de don Ildefonso Garrido Garrido, contra “Entidad Gestora del Fondo de Pensiones BBVA Uno” y otros, en la que con esta fecha se ha dictado diligencia de ordenación que sustancialmente dice lo siguiente:
  Dada cuenta; con el anterior escrito fórmese pieza separada. Se tiene por formalizado en tiempo recurso de suplicación y, en consecuencia, confiérase traslado a las partes recurridas a fin de que dentro del plazo de cinco días presenten escrito de impugnación, si les conviniere, y transcurrido dicho plazo, con o sin escritos, elévense las presentes actuaciones a la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, mediante atento oficio, dentro de los dos días siguientes, según previene el artículo 195 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Asimismo, se advierte a la parte recurrida que conforme establece el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral, deberá hacer constar en su escrito de impugnación de recurso un domicilio a efectos de notificaciones en esta ciudad.
  Y para que sirva de notificación en forma a “Entidad Gestora del Fondo de Pensiones BBVA Uno” (comisión de control), cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Jaén”, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.
  En Jaén, 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/48.054/10)</texto>
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