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    <fecha_publicacion>2011/01/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Demanda 1.758 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 133 
 Demanda 1.758 de 2009 
  Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.758 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Hernán Golinelli, contra las empresas “La Viuda Blanca, Sociedad Limitada”, y “La Otra Viuda, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 648 de 2010
  En Madrid, a 1 de diciembre de 2010..Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Daniel Hernán Golinelli, que comparece asistido del letrado don Jesús Mateo Raposo, y de otra, como demandados, “La Viuda Blanca, Sociedad Limitada”, que no comparece; “La Otra Viuda, Sociedad Limitada”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que debía estimar la demanda interpuesta por don Daniel Hernán Golinelli, en concepto de reclamación de cantidad, contra las empresas “La Viuda Blanca, Sociedad Limitada”, y “La Otra Viuda, Sociedad Limitada”, y contra Fondo de Garantía Salarial, condenando solidariamente a las dos codemandadas al pago de la cantidad de 5.580,10 euros en concepto de principal reclamado, más 558,01 euros en concepto de interés por mora, absolviendo al organismo de sus posibles responsabilidades en los supuestos legalmente previstos.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Daniel Hernán Golinelli, “La Viuda Blanca, Sociedad Limitada”, y “La Otra Viuda, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de diciembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/48.219/10)</texto>
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