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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/01/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Demanda 1.393 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>13</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 130 
 Demanda 1.393 de 2009 
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.393 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Federico Alcázar Hermoso, don José Antonio García-Plaza Román, don Juan Antonio Gusi Martín, don Jesús Carrochano Barreno, don Bienvenido Martín Mateos y doña Nicolasa Aparicio Almendros, contra la empresa “Muebles Tro, Sociedad Limitada”, “ALB Estilo de Hogar, Sociedad Limitada”, “Centro de Diseño Euroconforto, Sociedad Limitada”, “Centro de Diseño Euroconfort, Sociedad Limitada”, “Nuevo Mundo Muebles”, “Lobato y Búa, Sociedad Anónima”, y “Transportes Sobre Ruedas Los Olivos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de aclaración de sentencia número 426 de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Acuerdo: Aclarar la sentencia dictada en las presentes actuaciones, y en su virtud, incluir a don Federico Alcázar Hermoso en el hecho probado segundo y en el fallo de la sentencia, en los siguientes términos:
  En el hecho probado segundo: “Federico Alcázar Hermoso, se le adeuda:
  Pagar extra marzo: 1.176,48 euros.
  Abril: 1.461,36 euros.
  Mayo: 1.412,65 euros.
  Vacaciones: 486,93 euros.
  Prorrata paga de marzo: 486,93 euros.
  Prorrata paga de verano: 1.075,17 euros.
  Prorrata paga de Navidad: 486,93 euros.
  Total: 6.656,68 euros.”
  En el fallo: “Federico Alcázar Hermoso: 6.656,68 euros.”
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que la misma forma parte integrante de la sentencia y que el plazo para interponer en suplicación comienza a contar a partir del día siguiente al recibo de la presente resolución.
  Así por este auto lo pronuncio mando y firmo.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Muebles Tro, Sociedad Limitada”, “ALB Estilo de Hogar, Sociedad Limitada”, “Centro de Diseño Euroconforto, Sociedad Limitada”, “Centro de Diseño Euroconfort, Sociedad Limitada”, “Nuevo Mundo Muebles”, “Lobato y Búa, Sociedad Anónima”, y “Transportes sobre Ruedas Los Olivos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 13 de diciembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/48.131/10)</texto>
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